Tratado Internacional sobre Tecnologías de IA Firmado para Proteger los Derechos Humanos

El 6 de septiembre de 2024, se firmó un innovador acuerdo internacional por la Unión Europea en colaboración con naciones como Estados Unidos, Reino Unido, Noruega, Israel y Moldavia. Este tratado, denominado la Convención sobre IA, establece obligaciones legales destinadas a regular el uso de tecnologías de inteligencia artificial, priorizando la protección de los derechos humanos. La iniciativa cuenta con el respaldo del Consejo de Europa, que comprende 46 Estados miembros.

La Convención sobre IA complementa la recientemente promulgada Ley de IA de la UE, centrándose claramente en la salvaguarda de los derechos humanos. A diferencia de la legislación de la UE que regula el mercado interno de IA, la Convención tiene como objetivo implementar medidas de seguridad para las personas afectadas por las tecnologías de IA en ambos sectores, público y privado.

Concebida a través de un comité dedicado desde 2019, la Convención fue moldeada por expertos, incluidos representantes de la sociedad civil. El Comité de Inteligencia Artificial del Consejo de Europa finalizó el texto, permitiendo a los gobiernos signatarios legislar y aplicar sus disposiciones de manera efectiva.

Se han planteado preocupaciones sobre la vaguedad de ciertos principios delineados en el tratado. Los expertos advierten que interpretaciones amplias pueden permitir excepciones significativas, particularmente en contextos de seguridad nacional. Además, el tratado enfatiza que las empresas deben evaluar el impacto de la IA en la democracia y los derechos humanos, asegurando transparencia cuando los usuarios interactúan con sistemas de IA en lugar de representantes humanos.

Los ciudadanos obtendrán el derecho a impugnar decisiones generadas por IA, marcando un paso crucial hacia la responsabilidad en las aplicaciones de IA.

**Tratado Internacional sobre Tecnologías de IA Firmado para Proteger Derechos Humanos: Ampliando Fronteras**

El 6 de septiembre de 2024, la comunidad internacional fue testigo de un momento clave en el ámbito de la gobernanza tecnológica con la firma del Tratado Internacional sobre Tecnologías de IA, comúnmente conocido como la Convención sobre IA. Liderado por la Unión Europea junto a naciones clave como Estados Unidos, Reino Unido, Noruega, Israel y Moldavia, este tratado representa un compromiso colectivo para regular la inteligencia artificial (IA) de una manera que defienda y proteja los derechos humanos en varios sectores.

Contexto más amplio del tratado
La Convención sobre IA no es una iniciativa aislada; funciona junto a marcos existentes como la Ley de IA de la UE, mejorando el panorama regulatorio para las tecnologías de IA. Enfatiza un enfoque centrado en el ser humano hacia la inteligencia artificial, con el objetivo de proteger los derechos de las personas frente a los rápidos avances tecnológicos. El momento de este tratado se alinea con una creciente conciencia global acerca de los riesgos potenciales de los sistemas de IA, incluyendo sesgos, desinformación y violaciones de la privacidad.

Preguntas clave abordadas por el tratado
Una de las preguntas más apremiantes en torno al tratado es: **¿Cómo se supervisará la implementación de la Convención sobre IA?** Cada nación firmante debe establecer un organismo regulador responsable de supervisar el cumplimiento y garantizar que las tecnologías de IA respeten los estándares de derechos humanos.

Otra consulta crítica es: **¿Qué mecanismos existen para que las personas informen sobre quejas relacionadas con la IA?** El tratado consagra el derecho de los ciudadanos a apelar decisiones generadas por IA, creando un camino legal para impugnar resultados potencialmente dañinos o injustos resultantes de procesos algorítmicos.

Desafíos y controversias
A pesar de su naturaleza innovadora, la Convención sobre IA enfrenta varios desafíos. Una preocupación prominente es el **potencial de superposiciones regulatorias** con otras leyes y directivas existentes. Esto podría llevar a confusiones entre las empresas y obstaculizar la innovación en el sector de la IA. Además, hay un debate en curso sobre la **definición de tecnologías de IA** dentro del tratado. Definiciones vagas podrían llevar a vacíos que socavarían las protecciones previstas.

Otro punto polémico es el equilibrio entre **la seguridad nacional y los derechos individuales**. Los críticos argumentan que las disposiciones que permiten excepciones por razones de seguridad nacional podrían ser mal utilizadas, poniendo en riesgo los derechos humanos en nombre de la seguridad del estado.

Ventajas y desventajas de la Convención sobre IA
Ventajas:
– **Mayor Responsabilidad**: El tratado empodera a los ciudadanos para impugnar decisiones relacionadas con la IA, aumentando la responsabilidad de los sistemas de IA.
– **Colaboración Internacional**: Al involucrar a múltiples naciones, el tratado fomenta la cooperación y establece un estándar global para la gobernanza de la IA.
– **Protección de los Derechos Humanos**: Enfatiza la protección de los derechos fundamentales frente a tecnologías que evolucionan rápidamente.

Desventajas:
– **Desafíos de Implementación**: La diversidad en los sistemas legales y entornos regulatorios puede complicar la implementación uniforme en los países firmantes.
– **Preocupaciones por el Estancamiento de la Innovación**: Algunos actores de la industria temen que regulaciones estrictas puedan obstaculizar la innovación y limitar los beneficios potenciales de las tecnologías de IA.
– **Potencial de Mala Interpretación**: El lenguaje amplio en el tratado podría llevar a interpretaciones variadas, lo que podría socavar su efectividad.

La Convención sobre IA representa un paso significativo hacia el desarrollo y la implementación responsables de la IA. A medida que el mundo lidia con las implicaciones éticas de las tecnologías de IA, este tratado establece un precedente importante para futuros acuerdos internacionales.

Para más información detallada y actualizaciones sobre regulaciones de IA, visita Consejo de Europa.

The source of the article is from the blog mivalle.net.ar

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